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Información, desinformación y contrainformación sobre el Sáhara Occidental

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Pablo A. de la Vega M.[1]
 
Una mentira repetida mil veces se convierte en una verdad, es quizás la expresión más conocida que es atribuida a Joseph Goebbels (1897-1945), jefe de propaganda del partido (1928-1933) y ministro de Educación Popular y Propaganda (1933-1945) del régimen nacionalsocialista, para explicar el impacto y la dimensión de sus “principios” que contribuyeron a la divinización de Adolf Hitler y la creación de los mitos nazis, mediante un sistema de consignas transmitido por la prensa, la radio, la televisión, el cine, el teatro y la literatura de la época, bajo un férreo control del partido y el gobierno nazis.
 
Goebbels y su aparato de propaganda se encargaron de transformar a Hitler de un desconocido dirigente político en una figura mesiánica, a la que el pueblo alemán fue inducido a brindarle su confianza incondicional y fe ciega, no sin antes ofrecer a Alemania un futuro promisorio en Europa y el mundo.
 
Los esfuerzos propagandísticos y los de sus frentes militares fueron insuficientes para los fines del nazismo y éste concluyó como concluyó. Aquel 30 de abril de 1945, Goebbels fue el encargado de incinerar el cadáver de Hitler luego de su suicidio y a día seguido él tomó la misma decisión, después de asegurar la muerte de su esposa y sus hijos.
 
Desinformación y derechos humanos
 
El diccionario de la lengua española señala que el acto de desinformar es “dar información intencionadamente manipulada al servicio de ciertos fines”, mientras que en la Enciclopedia de la Política[2], cuyo autor es el jurista y ex presidente ecuatoriano Rodrigo Borja Cevallos, se señala que “desinformar es dar deliberada e intencionalmente información incorrecta, a través de la prensa, con propósitos políticos”.
 
Desinformar, dice Borja Cevallos, es un concepto diferente de subinformar, que quiere decir ocultar información a quienes tienen derecho a conocerla o dar información insuficiente o incompleta sobre algo con el propósito de manipular la opinión de la gente. Y concluye afirmando que “la desinformación es uno de los procedimientos vedados en el régimen democrático”.
 
Desde el punto de vista de las normas y los estándares internacionales de derechos humanos, el derecho a la libertad de opinión y de expresión, incluye el derecho a recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras por cualquier medio de expresión (Declaración Universal de los Derechos Humanos, Art. 19).
 
No obstante, ante el uso reiterado y sistemático de “noticias falsas” o “fake news”, por parte de gobiernos y empresas, corporaciones u otros agentes no estatales, un grupo de expertos en derechos humanos, advirtieron que su uso puede conducir a la censura y la supresión del pensamiento crítico, entre otras graves violaciones.
 
Sobre este tema, los relatores especiales sobre la libertad de expresión y opinión de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), la Organización de los Estados Americanos (OEA), la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) y la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos adoptaron una Declaración Conjunta sobre Libertad de Expresión y “Noticias Falsas”, Desinformación y Propaganda[3], en cuyo contenido consideran inquietante que la desinformación y propaganda se implementen para confundir a la población e interferir en su derecho a recibir información variada y a formarse su propia opinión.
En este nuevo documento de derechos humanos se expresa alarma por los casos en que las autoridades públicas denigran a los medios de comunicación e intimidan  a los periodistas aumentando el riesgo de amenazas y violencia, socavando la confianza pública en el periodismo como actor de vigilancia de la sociedad y empañando la línea entre la desinformación y los productos de los medios que contienen hechos verificables de forma independiente.
 
Mohamed VI y la “democracia” marroquí
 
En primer lugar, en países con una larga tradición republicana, no deja de llamar la atención el reconocimiento constitucional al monarca alauita, Mohammed VI, de innumerables títulos y potestades. Rey de Marruecos, “Jefe del Estado y su representante supremo, símbolo de la unidad de la nación, garante de la perennidad y de la continuidad del Estado y árbitro supremo entre las instituciones”. Además, es considerado como Príncipe de los Creyentes y Presidente del Consejo Superior de los Ulemas.
 
Según la Constitución del 2011, el rey nombra al jefe de Gobierno  y a los demás miembros, así como tiene la potestad de destituirlos. Preside el Consejo de Ministros y puede disolver las dos Cámaras del Parlamento, es el jefe supremo de las fuerzas armadas reales, preside el Consejo Superior de Seguridad, acredita los embajadores ante las potencias extranjeras y los organismos internacionales, firma y ratifica los tratados, preside el Consejo Superior del Poder Judicial, ejerce el derecho de gracia, proclama por decreto el estado de excepción, es el garante de la independencia judicial, designa a los miembros del Tribunal Constitucional y, por último, posee la iniciativa de revisión de la Constitución.
 
Desde la perspectiva de las nuevas corrientes del constitucionalismo contemporáneo, los arreglos institucionales que plantea la Constitución marroquí, no garantizan un modelo de democracia participativa, deliberativa, incluyente y con contrapesos entre las funciones del Estado. El rey es la autoridad suprema. La monarquía es el centro del poder.
 
Y bajo la autoridad suprema y el “majzén” (el poder central, el gobierno, la administración y el Ministerio del Interior -recuérdese que Dris Basri[4], brazo derecho de Hassan II, padre de Mohammed VI, fue durante veinte años su ministro del Interior, el símbolo de la represión política y la violación de los derechos humanos-) se sostiene el Estado marroquí, sus grandes estrategias y sus tesis oficiales, entre ellas la del Sáhara marroquí y el Gran Marruecos, a decir de Pedro Costa Morata, Premio Nacional de Medio Ambiente (España, 1998), un sueño nacional-fascista[5].
 
El Sáhara es de los saharauis
 
El portal del gobierno marroquí describe el relato oficial sobre la “Cuestión del Sahara”, mediante una serie de inconsistencias histórico-jurídicas y una narrativa donde la ficción es el eje central de la argumentación en la que plantea el conflicto como “una sencilla cuestión de descolonización entre Marruecos y España”. Sostiene, entre otras tergiversaciones, que la Corte Internacional de Justicia de La Haya, en su opinión consultiva de octubre 16 de 1975, reconoció “la existencia de vínculos jurídicos y pleitesía entre los sultanes de Marruecos y las tribus saharauis”.
 
En realidad, en el dictamen “la Corte llegó a la conclusión de que los elementos e informaciones puestos a su disposición no demostraban la existencia de ningún vínculo de soberanía territorial entre el territorio del Sáhara Occidental, por una parte, y el Reino de Marruecos o el complejo mauritano, por la otra. Por lo tanto, la Corte no comprobó que existieran vínculos jurídicos capaces de modificar la aplicación de la resolución 1514 (XV) en lo que se refiere a la descolonización del Sáhara Occidental y, en particular, a la aplicación del principio de la libre determinación mediante la expresión libre y auténtica de la voluntad de las poblaciones del territorio”[6].
 
También hace mención a que la “cumbre tripartita entre Marruecos, España y Mauritania celebrada en Madrid el 14 de noviembre de 1975, dio lugar a la firma de un acuerdo, por el que el territorio del Sahara fue sometido bajo la administración tripartita”, sin decir que a la luz del derecho internacional los Acuerdos Tripartitos de Madrid son ilegales, porque España como Potencia Administradora no podía abandonar unilateralmente sus responsabilidades en el territorio, a espaldas de las Naciones Unidas, en particular del Comité Especial de Descolonización, establecido en 1961.
 
Tampoco se dice que los Acuerdos Tripartitos violan los fundamentos de la Opinión Consultiva, puesto que a Marruecos y Mauritania no se les reconoce soberanía alguna sobre el Sáhara Occidental y como lo sostienen los juristas españoles Carlos Ruiz Miguel y Roberto Barral[7], tampoco han sido firmados por ninguna entidad o representación legítima de la población saharaui que es el verdadero actor con derecho a hacerlo.
 
Éstas puntualizaciones sólo para sostener que el pensamiento goebbeliano resurge, planea y se alimenta de las falsedades, la manipulación y la desinformación, que provienen de los círculos del poder monárquico marroquí, en un vano intento para influir en la opinión pública internacional, en contra de las legítimas reivindicaciones del pueblo saharaui.
 
Represión a la libertad de prensa
 
Amnistía Internacional ha declarado que en Marruecos hay una “calculada represión” a la libertad de expresión y ha denunciado casos concretos sobre los cuales el gobierno ha sostenido su propia versión, ignorando los llamamientos de las organizaciones de derechos humanos.
 
El 4 de agosto del 2015, Human Rights Watch y Amnistía Internacional afirmaron que las autoridades marroquíes debían eliminar los obstáculos burocráticos que habían impedido que el destacado periodista y escritor satírico Ali Lmrabet publique una nueva revista.
 
Lmrabet había publicado los semanarios “Demain”, en francés, y “Doumane”, en árabe hasta 2003, cuando un tribunal lo condenó a tres años de prisión y a una multa por “insultar al rey”, “menoscabar la monarquía” y “poner en peligro la integridad del territorio nacional” por artículos, entrevistas y caricaturas publicados en las dos revistas en Casablanca. El tribunal también prohibió sus revistas.
 
Lmrabet fue excarcelado por un indulto real en enero de 2004, aunque el año siguiente fue declarado culpable de difamación por calificar a los saharauis que viven en los campamentos de Tindouf, Argelia, de “refugiados” en lugar de “cautivos” del Frente Polisario, según los calificativos utilizados por el régimen marroquí. El tribunal condenó a Lmrabet a 10 años de inhabilitación para ejercer su profesión, en aplicación de uno de los artículos del Código Penal.
 
De manera reciente, el 26 de julio del 2017, se conoció a través de varios medios de comunicación[8] que el gobierno marroquí expulsó a José Luis Navazo, director de Correo Diplomático, y al delegado de ese periódico en Madrid, Fernando Sanz, que cubrían las protestas de la región norteña del Rif, “por no disponer de la acreditación necesaria” para ejercer el periodismo en Marruecos; sin embargo, Navazo declaró que ha intentado conseguir ante el Ministerio marroquí de Comunicación, durante siete años, la credencial de prensa,  sin ningún éxito.
 
Restricciones administrativas, procesos judiciales, expulsiones desde diversas ciudades y negativas a desembarcar en los aeropuertos son medidas comunes empleadas por las autoridades marroquíes en contra de los periodistas que intentan cubrir la situación social, política o las denuncias de violaciones a los derechos humanos en Marruecos o el Sáhara Occidental ocupado.
 
La RASD una realidad insoslayable
 
Desde el 27 de febrero de 1976, fecha de la proclamación de la independencia de la República Árabe Saharaui Democrática (RASD), el pueblo saharaui y su único y legítimo representante, el Frente POLISARIO, demandan de la comunidad internacional la plena soberanía sobre su territorio, a través del ejercicio de su derecho a la libre determinación, amparado en el derecho internacional, la Carta de las Naciones Unidas y múltiples resoluciones de la Asamblea General, el Consejo de Seguridad y el Comité Especial de Descolonización, así como similares pronunciamientos de la Unión Africana e incluso de la Unión Europea, y otras organizaciones internacionales y regionales.
 
La RASD es miembro fundador y de pleno derecho de la Unión Africana (UA). Ha sido reconocida por más de ochenta Estados en todo el mundo. Mantiene misiones diplomáticas y representaciones del Frente POLISARIO en capitales de países en todos los continentes.
 
Ecuador reconoció a la RASD el 14 de noviembre de 1983. La RASD instaló su embajada en diciembre del 2015. En años anteriores la representación diplomática saharaui ante el Estado ecuatoriano estuvo a cargo de embajadores concurrentes.
 
Entre febrero del 2011 y julio del 2015 Ecuador presidió el Comité Especial de Descolonización de la ONU, en el que promovió y defendió el derecho del pueblo saharaui a la autodeterminación.
 
Los gobiernos y pueblos del Ecuador y la RASD mantienen una estrecha relación de amistad y cooperación, iniciada hace 34 años.-
Véase: http://www.rebelion.org/noticia.php?id=229813&titular=información-desinformación-y-contrainformación-sobre-el-sáhara-occidental-

[1] Coordinador de la Asociación Ecuatoriana de Amistad con el Pueblo Saharaui (AEAPS)

[2] Véase: http://www.enciclopediadelapolitica.org/Default.aspx?i=&por=d&i…

[3] Véase: http://www.oas.org/es/cidh/expresion/showarticle.asp?artID=1056&lID…

[4] Véase : http://www.libertaddigital.com/mundo/dris-basri-llega-a-marruecos-para-…

[5] Véase: https://elpais.com/diario/1978/08/30/internacional/273276004_850215.html

[6] Véase: http://www.icj-cij.org/files/case-related/61/061-19751016-ADV-01-00-EN…

[7] Véase: http://www.delsah.polisario.es/sahara-occidental-la-logica-del-tribunal…

[8] Véase: http://www.publico.es/internacional/marruecos-expulsa-periodistas-espan…