Fuente: http://www.farodevigo.es/   Fito Álvarez Tombo Ponteareas
15.01.2017
El pasado día 21 de diciembre,el sentenciaba que el Sáhara Occidental no forma parte de Marruecos. Ponía así fin a los más de 40 años de saqueo de las riquezas naturales del pueblo saharaui por parte de Marruecos y con la complicidad de los estados miembros de la Unión Europea.
Dicha sentencia, que responde a un recurso presentado por el Consejo de la Unión y la Comisión para evitar la anulación del Acuerdo de Asociación y de Liberalización con Marruecos, ha conseguido salvar el texto, pero teniendo que excluir al Sáhara Occidental del acuerdo de pesca entre la Unión Europea y Marruecos.
Esta sentencia que supone una importante victoria para el Frente Polisiario, y en consecuencia para el Pueblo Saharaui, infringe un duro golpe a Marruecos que ve como la más alta entidad judicial europea delimita claramente las fronteras del Sahara Occidental. Golpe que se suma a otros como la respuesta de la Unión Africana a las pretensiones de Marruecos de integrarse en la Organización africana, en la que le recuerda el artículo 29 de su constitución que estipula, entre otros temas, “el respeto de las fronteras existentes en el momento de acceder a la independencia”, condición esta que no cuadra de ningún modo con el comportamiento de Marruecos con respeto al Sáhara Occidental.
En relación a la conclusión del Tribunal de Justicia Europeo y en declaraciones a la Cadena Ser, Gilles Devers, abogado del Frente Polisario, afirmaba que el Frente Polisario no está en contra de la explotación de la pesca, pero que no van a renunciar a su control. Por lo que quien quiera hacer negocios en el Sáhara Occidental deberá llegar a un acuerdo con el Polisario que solicitará que se aplique el acuerdo del tribunal. En palabras de Gilles Devers, ya no se trata de saber si su actividad favorece o no al pueblo saharaui. Lo que dice la sentencia es que se necesita del consentimiento del Frente Polisario, como legítimo representante del Pueblo Saharaui.
No debemos olvidar, que la Corte Internacional de Justicia de la Haya emitió una Opinión Consultiva, el 16 de octubre de 1975, solicitada en 1974 por la Asamblea General de Naciones Unidas a iniciativa de Marruecos y Mauritania que alegaban que la aplicación del principio de autodeterminación del Sáhara Occidental afectaba a su “integridad territorial”. En dicha Opinión la Corte concluyó que no existía ningún vínculo de soberanía territorial de Marruecos o Mauritania sobre el territorio del Sáhara Occidental.
La única solución para una relación comercial legal con el Sáhara Occidental es la conclusión de la descolonización, por lo que España debería tomar nota de esta sentencia y obrar en consecuencia empezando por declarar nulos los Acuerdos Tripartitos. Acuerdos, firmados en Madrid el 14 de noviembre, en los que España repartió el territorio saharaui entre Marruecos y Mauritania de forma ilegal, ya que dichos acuerdos son contrarios a la Carta de las Naciones Unidas y las resoluciones de la Asamblea General de la ONU y contradicen el espíritu y los principios de la descolonización teniendo en cuenta que nunca se contó la opinión de la población de dicho territorio