Pasar al contenido principal

El Frente POLISARIO acoge con satisfacción decisión del TJUE (declaración)

Submitted on

Bir Lehlu (Territorios Liberados),11/12/15(SPS).- El Frente POLISARIO ha manifestado este jueves su satisfacción por  la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) de anular  el acuerdo comercial agrícola entre la Unión Europea y Marruecos.

Texto de  la declaración:

“La sentencia del Tribunal se refiere a una decisión del Consejo (países de la UE) de marzo de 2012, sobre la conclusión de un acuerdo para liberalizar el comercio de productos agrícolas y pesqueros entre los Veintiocho y Marruecos.

 

Históricamente, el Frente POLISARIO, ha venido denunciando todos los acuerdos internacionales concluidos por Marruecos que se aplican en el Sahara Occidental, puesto que, en ningún caso, tiene la soberanía sobre el territorio. Después de 1975, Marruecos, se ha convertido en una potencia ocupante, mediante una operación militar e ilegal por la que se anexionó el territorio, socavando la legalidad internacional.

 

 

El Acuerdo entre la Unión Europea y Marruecos se ha aplicado, en abierta violación de la legalidad internacional, sobre el territorio del Sahara Occidental y contra la voluntad siempre reiterada del Frente POLISARIO. Por esta razón, el POLISARIO, interpuso un recurso de anulación ante el Tribunal de la Unión Europea.

 

Se  deduce de esta sentencia  dos elementos principales.

En primer lugar, el  Frente POLISARIO, el único representante del pueblo saharaui, es capaz de actuar como un sujeto de derecho internacional ante la Corte Europea y los tribunales de 28 estados europeos. El Frente Polisario siempre ha puesto su acción en términos de derecho internacional, y, animado por este fallo, se llevará a cabo de manera sistemática todos los pasos legales, a través de la negociación o acción legal, para lograr su objetivo que es el respeto a la soberanía y el referéndum de autodeterminación.

 

El POLISARIO  recuerda asimismo  que la soberanía de Marruecos sobre el Sahara occidental no está reconocida por la UE y sus Estados miembros ni por la ONU.

 

Por lo tanto, dicha sentencia establece la capacidad del Frente POLISARIO de emprender acciones legales, lo que consagra las posiciones políticas del Frente POLISARIO como  única autoridad para decidir sobre las condiciones de explotación de los recursos naturales saharauis.

Ahora debemos mirar al  futuro.

1.       El Frente POLISARIO recuerda que ya interpuso un recurso contra el acuerdo pesquero  y que  aborda  con  confianza este segundo procedimiento.

 

2.       El Frente POLISARIO  siempre ha buscado y favorecido  la negociación, pero  recurrirá a  la justicia siempre que sea necesario. Hoy en día, el Frente POLISARIO  reitera el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea su disposición a entablar negociaciones inmediatas sin condiciones.

 

3.       Si bien Europa es una comunidad de derecho, el Frente POLISARIO se dirige a todas las capitales europeas con el fin de respetar las disposiciones establecidas en esta resolución judicial.  

 

4.       El Frente POLISARIO lanza  llamamiento solemne a todas las empresas que operan en el territorio del Sáhara Occidental y en las aguas bajo su soberanía de que de  acuerdo con el fallo del tribunal  sus  actividades son ilegales. Estas empresas deben ponerse en contacto con las autoridades del Frente POLISARIO para regularizar su situación, de lo contrario el POLISARIO   se comprometerá  a adoptar  las medidas necesarias para hacer cumplir el presente fallo.

 

 

5.        Esta importante sentencia necesariamente tendrá un fuerte impacto en las negociaciones globales llevadas a cabo bajo los auspicios de la ONU. Es hora de salir de la ilegalidad impuesta durante 40 años por Marruecos. Esta sentencia del Tribunal de la Unión Europea en el año 2015 es el resultado de la opinión de la Corte Internacional de Justicia en 1975. La fortaleza del derecho ha vencido  la violencia y la ilegalidad de Marruecos. Marruecos debe admitir que ninguna solución puede ser impuesta a un pueblo  en desafío de la legalidad  internacional”. SPS.

 

090/099TRAD