Addis Abeba, 01/04/2015 (SPS).- El Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana ha solicitado al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas que "tome las medidas necesarias" para acelerar el proceso de descolonización del Sáhara Occidental, en una decisión adoptada en su 496ᵃ sesión , celebrada el 27 de marzo de 2015.
A continuación el texto íntegro de la decisión del CPS de la UA sobre el Sáhara Occidental:
1. Toma nota del informe del Presidente de la Comisión sobre la situación en el Sáhara Occidental [PSC/ PR / 2 (CDXCVI)], así como de la actualización del tema proporcionada por el Enviado Especial del Presidente de la Comisión para el Sáhara Occidental, el ex presidente de Mozambique, Joaquim Chissano.
El Consejo toma nota también de las declaraciones formuladas por el Ministro de Relaciones Exteriores de la República Árabe Saharaui Democrática (RASD), así como por el representante de la República Federal de Nigeria, y de los miembros africanos del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y la Secretaría de las Naciones Unidas;
2. Recuerda el plan de acción adoptado por la Sesión Especial de la Conferencia de la Unión sobre resolución de conflictos en África, celebrada en Trípoli, Libia el 31 de agosto de 2009 [SP / Asamblea/ PS / PLAN (I)] que expresa su apoyo a los esfuerzos de la ONU para superar el estancamiento del proceso de paz en el Sáhara Occidental ,y las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y llama a entablar negociaciones directas entre las partes en conflicto: el Reino de Marruecos y el Frente Polisario, sin condiciones previas y de buena fe, con miras a lograr una solución política, justa, duradera y mutuamente aceptable que prevea la autodeterminación del pueblo del Sáhara Occidental, conforme a los principios y propósitos de la Carta de la ONU. Para este fin, pide la intensificación de los esfuerzos para la organización de un referéndum en el Territorio donde el pueblo del Sahara Occidental pueda elegir entre la opción de la independencia y la integración en el Reino de Marruecos;
3. Recuerda, además, la decisión EX.CL/DEC. 758 (XXII), adoptada por la 22a Sesión Ordinaria del Consejo Ejecutivo, celebrada en Addis Abeba el 24 y el 25 de enero de 2013, que pide a la Comisión que tome todas las medidas necesarias para la organización de un referéndum para la autodeterminación del pueblo de Sáhara Occidental, de conformidad con las decisiones pertinentes de la Organización de la Unidad Africana (OUA) y las resoluciones de las Naciones Unidas, y la decisión EX.CL/Dec. 773 (XXIII), adoptada por la 23a Sesión Ordinaria del Consejo Ejecutivo, celebrada en Addis Abeba del 19 al 23 mayo de 2013, que reitera las decisiones y pronunciamientos anteriores de la OUA / UA sobre la situación en el Sáhara Occidental y pide al presidente de la Comisión que continúe sus esfuerzos, incluyendo nuevas consultas con la Partes, y una permanente coordinación con la ONU y otros actores internacionales
4. Recuerda, también, la decisión de la Asamblea / AU / Dec.559 (XXIV), aprobada por la 24a Sesión Ordinaria de la Asamblea de la Unión celebrada en Addis Abeba el 30 y el 31 de enero de 2015, que reitera el llamado del Consejo de Seguridad Naciones Unidas a las Partes a continuar las negociaciones sin condiciones previas y de buena fe, expresa el pleno apoyo de la Unión Africana a los esfuerzos del Enviado Personal del Secretario General de las Naciones Unidas, y aplaude las medidas adoptadas por la Presidenta de la Comisión para el seguimiento de la decisión del Consejo Ejecutivo, solicitándole que continúe sus esfuerzos para movilizar todo el apoyo necesario para el proceso liderado por las Naciones Unidas;
5. Acoge con satisfacción los esfuerzos que realiza el Secretario General de las Naciones Unidas, así como los de su Enviado Personal, en la búsqueda de una solución en el marco de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, incluidas las consultas realizadas por el Enviado Personal como parte de su nuevo enfoque, como se indica en el informe del Secretario General sobre la situación relativa al Sáhara Occidental, de 10 de abril del 2014 (S / 2014/258);
6. Acoge, además, con satisfacción las medidas adoptadas por la Presidenta de la Comisión en la aplicación de las decisiones pertinentes de los Órganos Políticos de la UA y en apoyo a los esfuerzos encabezados por las Naciones Unidas, incluido el nombramiento del ex Presidente Joaquim Chissano como Enviado Especial de la Unión Africana, y la iniciativa de interactuar con las Partes en conflicto. El Consejo expresa, también, su satisfacción por las consultas del enviado especial de la UA con los miembros permanentes del Consejo de Seguridad de la ONU y España, como antigua potencia colonial , y con la Secretaría de la ONU, y le felicita por el compromiso con el que cumple su mandato;
7. Observa con profunda preocupación que cuatro décadas después del inicio del conflicto en el Sahara Occidental y cincuenta años después de la decisión de descolonizar el Territorio, todos los esfuerzos dirigidos a la búsqueda de una solución han fracasado hasta ahora en lograr los resultados esperados y que el estancamiento actual no sólo prevalece y agudiza la tensión en el territorio, sino que también socava los esfuerzos para promover la integración en la Región del Magreb. En consecuencia, el Consejo expresa la urgencia de intensificar los esfuerzos para superar el impasse actual. A este respecto, el Consejo:
(I) Exhorta a una mayor y coordinada respuesta internacional para la urgente organización de un referéndum para la autodeterminación del pueblo del Sáhara Occidental, de conformidad con las decisiones pertinentes de los / UA y la ONU y las resoluciones de la OUA.
(II) Insta al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas a tomar todas las medidas necesarias para garantizar el progreso en la búsqueda de una solución al conflicto del Sáhara Occidental, reconociendo su papel fundamental y la responsabilidad primordial de mantener la paz y la seguridad internacionales. En este sentido, el Consejo insta al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, a que en su reunión sobre la cuestión del Sáhara Occidental prevista para abril de 2015, preste la debida atención a la recomendación contenida en el mencionado informe del Secretario General de 10 de en abril de 2014, para una revisión integral del marco establecido en abril de 2007 para el proceso de negociación, si no se realizan progresos antes de abril de 2015, entendiendo que dicha revisión debería tener como objetivo: facilitar la rápida celebración de un referéndum para la autodeterminación del pueblo del Sáhara Occidental;
(III) Renueva su apoyo al llamamiento hecho por el Consejo de Seguridad de la ONU relativo al inicio de negociaciones directas entre las dos partes, a saber, el Reino de Marruecos y el Frente Polisario, sin condiciones previas y de buena fe, con el fin de lograr una solución política justa, duradera y mutuamente aceptable que permita la autodeterminación del pueblo del Sáhara Occidental, en el marco de disposiciones, propósitos y principios de la Carta de la ONU.
(IV) Pide a la comunidad internacional prestar todo su apoyo a los esfuerzos encaminados a superar la actual situación de estancamiento.
8. Alienta a la Presidenta de la Comisión, en particular a través de su enviado especial, a continuar intensificando los esfuerzos ya realizados en el seguimiento de las decisiones pertinentes de los órganos Políticos de la Unión Africana, en especial, el fortalecimiento de los contactos con las partes, con los Estados vecinos y con otros Estados miembros de la Unión Africana, así como con las Naciones Unidas y otros actores internacionales con el fin de promover la aplicación efectiva de las decisiones pertinentes de la resoluciones de la OUA / UA y de la ONU sobre el Sáhara Occidental, teniendo en cuenta el papel de la OUA / UA como Garante del Plan de Paz aprobado por la resolución AHG / Res.104 (XIX), adoptada por la 19a Sesión Ordinaria de la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno, celebrada en Addis Abeba del 6 al 12 junio de 1983, que sirvió de base para el Plan de Arreglo en agosto de 1988 que puso en marcha el proceso de paz en el Sáhara Occidental. En este sentido, y teniendo en cuenta el hecho de que el Sáhara Occidental sigue siendo una cuestión de descolonización pendiente en África, el Consejo:
(I) Decide reactivar el Comité Especial de Jefes de Estado y de Gobierno en el conflicto del Sáhara Occidental, establecido en virtud de la Resolución AHG / RES.92 (XIV) aprobada en la 15a Sesión Ordinaria de la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la OUA celebrada en Jartum, Sudán, del 18 al 22 de julio de 1978. El Consejo decide ampliar también el comité AD hoc para que comprenda 10 Jefes de Estado y de Gobierno, con dos para cada una de las cinco regiones del continente. El Consejo solicita de urgencia a la Presidenta de la Comisión llevar a cabo las consultas necesarias para la composición y puesta en funcionamiento del Comité.
(II) Pide a la Comisión, a través de los canales apropiados, iniciar gestiones ante el Consejo de Seguridad de la ONU, para que el Enviado Especial de la Unión Africana Occidental tenga la oportunidad de dirigirse al Consejo de Seguridad durante su reunión sobre el Sáhara Occidental, que tendrá lugar en el mes de abril de 2015. El Consejo pide además a los miembros africanos del Consejo de Seguridad de la ONU, trabajar en el marco de la A3, para apoyar y facilitar esta solicitud.
(III) Decide establecer un Grupo de Contacto Internacional sobre el Sáhara Occidental (ICG-SO), para mantener el tema en la agenda de la comunidad internacional y movilizar el apoyo necesario a la rápida solución del conflicto, y pide a la Presidenta de la Comisión llevar a cabo consultas para tal efecto.
(IV) Decide además revisar periódicamente la situación en el Sáhara Occidental (al menos dos veces al año), siguiendo las recomendaciones formuladas por la Presidenta de la Comisión.
9. Espera con interés la renovación del mandato de la Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum en el Sahara Occidental (MINURSO) que expira el 30 de abril de 2015, según lo decidido por el Consejo de Seguridad en su resolución 2152 ( 2014), de 29 de abril de 2014. El Consejo alienta al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas a tomar las medidas necesarias para proveer a la MINURSO de la vigilancia de los derechos humanos, teniendo en cuenta la necesidad de garantizar un monitoreo independiente e imparcial de los Derechos Humanos, tanto en el territorio del Sahara Occidental como en los campamentos de refugiados. El Consejo pide a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos tomar las medidas adecuadas para este respecto.
10: Pide a la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (CADHP) enviar, lo antes posible, una misión al Sáhara Occidental y a los campamentos de refugiados de Tinduf, para evaluar la situación de los Derechos Humanos y elaborar recomendaciones al Consejo, basándose en los resultados de la visita que había realizado en septiembre de 2012 a la región. En este sentido, el Consejo insta, en particular al Gobierno del Reino de Marruecos, a cooperar plenamente con la Comisión Africana para que esta pueda finalmente visitar el Territorio;
11: Pide al Consejo de Seguridad de la ONU abordar la cuestión de la explotación ilegal de los recursos naturales del territorio, teniendo en cuenta el llamamiento hecho por el Secretario General de las Naciones Unidas en su informe de 10 de abril 2014, para los agentes implicados, a la luz del creciente interés en los recursos naturales de Sáhara Occidental, para que "reconozcan el principio de que los intereses de los habitantes de esos territorios son primordiales ", de conformidad con el Capítulo XI, artículo 73 de la Carta". A este respecto, el Consejo recomienda pensar en una estrategia de boicot mundial a los productos de las empresas que participan en la explotación ilegal de los recursos naturales del Territorio, como medio para mantener la atención de la Comunidad Internacional sobre la situación en el Sáhara Occidental.
12: Invita a la Presidenta de la Comisión a que transmita el contenido del presente comunicado a las Partes, para su información. El Consejo invita además a la Presidenta trasladar el comunicado al Secretario General de la ONU y solicitar que se adopte como documento oficial del Consejo de Seguridad de la ONU, así como para otras organizaciones internacionales Interesadas.
13: Decide seguir ocupándose activamente de la cuestión". (SPS)
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